Micelio
Auto3 de marzo de 2022

A- de 2022

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante De Oficio Procesado Bedoya Macias Jonathan Alexander Y Otros·Demandado Bedoya Macias Jonathan Alexander Y Otros

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones-Incumplimiento Del Presupuesto Subjetivo-La Jurisdicción Penal Militar, No Emitió Pronunciamiento En El Que Reclame La Competencia Para Conocer Proceso Penal.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito especializado de Medellín.

La precitada autoridad, remitió a la Corte Constitucional un asunto penal en el cual la defensa de la parte denunciada adujo que los hechos atribuidos a su prohijado tenían conexión con el servicio que prestaba como miembro activo de la fuerza pública, por lo cual la competencia para conocer el asunto le correspondía a la justicia penal militar y no a la penal ordinaria.

Concluyó la Corte que en este caso no se acredita el presupuesto subjetivo de este tipo de conflictos, dado que no existe una controversia efectiva entre dos autoridades judiciales que reclamen para sí o nieguen la competencia frente al caso en cuestión.

En efecto, la Jurisdicción Penal Militar, la cual sería la competente de acuerdo con la defensa, no ha emitido pronunciamiento en el que reclame la competencia para conocer del caso que se investiga.

Con base en lo anterior, la Sala Plena de la Corporación se declara INHIBIDA para pronunciarse sobre la controversia planteada y decide enviar el expediente al Juzgado Cuarto Penal del Circuito especializado de Medellín para que continúe con el trámite procesal y comunique la decisión a los interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre la controversia planteada en el proceso con Código Único de Investigación CUI 050016000206202102420.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-1360 al Juzgado
  3. Cuarto. Penal del Circuito especializado de Medellín para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.